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Juez le da palo al amparo del AyuntaMérida contra la FGE

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El día de hoy el Juez Cuarto de Distrito le propinó un duro revés al alcalde de Mérida, Renán Barrera Concha, al negarle el amparo que había promovido como protesta contra la acción de la Fiscalía General del Estado por no ejercitar acción penal contra la ex alcaldesa de Mérida, Angélica Araujo Lara y su sucesor Alvaro Omar Lara Pacheco.

La noticia le llegó al alcalde Barrera Concha mero el día de su “informe”, el segundo, de actividades al frente del Ayuntamiento de Mérida. El golpe es amargo, pues exhibe la torpeza y la falta de capacidad del alcalde y de su equipo jurídico y administrativo para soportar con argumentos y pruebas contundentes su demanda. Es una clara muestra de su ineptitud.

El lío que armó el Ayuntamiento de Mérida fue de grandes vuelos, toda vez que quisieron poner el tema en los medios y con ello sacar raja política. En su oportunidad, Mi Punto de Vista, publicó:

FGE exhibe ineptitud de Lizette Mimenza

La Fiscalía dio la noticia, misma que dio a conocer a través del siguiente comunicado:

El Juzgado Cuarto de Distrito resolvió negar el amparo promovido por el Ayuntamiento de Mérida a principios del 2014 en contra de la Fiscalía General del Estado (FGE), al considerar que esta dependencia actuó de manera correcta y apegada a derecho en el caso de la denuncia interpuesta en contra de ex funcionarios municipales.

 

En su momento, la Fiscalía General apuntó que no procedía la acción legal en la citada denuncia promovida por el apoderado legal del Ayuntamiento, situación que confirmó la  Juez Federal Cuarto de Distrito, Licda. Mirza Estela Be Herrera, al afirmar que los argumentos de las autoridades municipales son infundados e inoperantes.

 

La sentencia de la Juez Cuarto afirma que de parte de la instancia quejosa no se acreditó que previo a la denuncia se hubiera cumplido con el requisito de procedibilidad consistente en la realización de la revisión y fiscalización de la cuenta pública por parte de la autoridad facultada para ello, es decir la Auditoria Superior del Estado.

 

“En consecuencia, al resultar infundados e inoperantes los argumentos vertidos por la parte quejosa (Ayuntamiento de Mérida), sin que se advierta algún motivo por el cual suplirse, lo procedente es negar el amparo y protección de la justicia federal solicitado”, se añade en el citado fallo.

 

El 22 de abril del 2013, el apoderado legal de la Comuna meridana presentó una denuncia en la que señalaba hechos posiblemente delictuosos derivados por una inadecuada aplicación de los recursos públicos otorgados al Ayuntamiento de Mérida, durante el periodo 2012.

 

En la citada denuncia, con el número de Averiguación Previa 566/6Â?/2013 se anexaron como prueba de su dicho, un supuesto dictamen contable realizado por un contador designado por quienes presentaron la denuncia.

 

El 24 de diciembre del 2013, la Dirección de Investigación y Atención Temprana de la Fiscalía emitió una resolución en la que se dispuso que no era procedente ejercitar la acción penal en la citada Averiguación, por los hechos antes expuestos.


El Ayuntamiento de Mérida, a través de su apoderado legal se inconformó con dicha resolución y solicitó mediante el recurso de revisión un nuevo análisis ante la FGE y el 20 de enero pasado, mediante minucioso análisis se determinó confirmar el no ejercicio de la acción penal.

Al no estar conforme dicho Ayuntamiento promovió ante la Justicia Federal el citado Amparo el cual le fue negado, otorgándole la  razón a la Fiscalía General del Estado. 

“La Justicia de la Unión no ampara ni protege a quien se identificó en su carácter de apoderado del Ayuntamiento del Municipio de Mérida respecto del acto reclamado a la Fiscalía General del Estado, por lo que se procede a negar el amparo solicitado”, indica el documento.